miércoles, 25 de abril de 2012

RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO POR EL USO DE CUERPOS RECEPTORES DE AGUAS RESIDUALES (2000 - 2009)

MARCO TEÓRICO

Marco Institucional (cont.)

Aquí, es importante diferenciar los derechos, que representan una parte de la recaudación a cargo de la CONAGUA, que se pagan por explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, mismos que comprenden a los siguientes conceptos:
- Consumo de agua potable
- Uso agropecuario (que exceda el volumen concesionado)
- Balnearios y centros recreativos
- Generación hidroeléctrica
- Acuacultura
- Régimen general

El otro rubro, el de los servicios, por el que CONAGUA recauda recursos considera los siguientes conceptos:
- Suministro de agua en bloque a centros urbanos e industriales
- Servicios de riego
- Extracción de materiales
- Uso de cuerpos receptores
- Uso de zonas federales
- Diversos

Es éste el grupo de conceptos al que pertenece, como se puede ver, el que ocupa los esfuerzos del presente ensayo.

Para el cobro del servicio por descargas de aguas residuales, los cuerpos receptores (ríos, lagos, lagunas, entre otros) se clasifican en tres tipos: A, B o C, según los efectos ocasionados por la contaminación; los cuerpos receptores tipo C son aquéllos en los que la contaminación tiene mayores efectos. La lista de cuerpos receptores que pertenecen a cada tipo se encuentra en la Ley Federal de Derechos (LFD). Las cuotas por descarga están relacionadas con el volumen de descarga y la carga de contaminantes; y están establecidas en el artículo 278 de la LFD.

Dato: Desde el enfoque de la microeconomía y la economía clásica, la emisión de subproductos o desperdicios ha sido considerada simplemente como un factor más de producción, en la función de producción de bienes y servicios. Al asumir lo anterior, México no ha sido la excepción, especialmente tratándose de las aguas residuales municipales e industriales; así lo demuestra el hecho de que, al año 2000, la cobertura en el tratamiento de las aguas residuales colectadas (totales), a nivel nacional, ascendía al 20% solamente. En contraste, la recaudación por uso de cuerpos receptores representó sólo el 0.55% del total recaudado en ese ciclo fiscal.

lunes, 23 de abril de 2012

RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO POR EL USO DE CUERPOS RECEPTORES DE AGUAS RESIDUALES (2000 - 2009)

INTRODUCCIÓN

Los índices de la recaudación fiscal en México derivados del pago por el uso de cuerpos receptores (de descargas de aguas residuales y residuales tratadas) observados durante los últimos años (2000 a 2009), llevan a pensar que se cuenta con un problema que, debido al rezago histórico en materia de otorgamiento de valor al agua y a los cambios ocurridos en la Ley Federal de Derechos (LFD) en materia de agua a partir de 2008, puede ser tratado desde la óptica de la Economía Ambiental.

Por un lado, la autoridad nacional en materia de agua, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) reconoce que en la prestación de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, los costos ambientales y externalidades económicas no han sido considerados en México para la definición del costo económico-financiero de la carga por la prestación del servicio; y por ende, no se han incluido en las tarifas (Estadísticas del Agua en México, Edición 2010. CONAGUA.). Por el otro, el carácter que se le otorga a los cuerpos de aguas nacionales por ley es el de mero proveedor –ilimitado- del recurso hídrico y sumidero a la vez –ilimitado, también-, del mismo tras su uso.

En este ensayo, el análisis versará sobre lo último: el Sistema Ambiental Agua como sumidero o depósito final.


OBJETIVO

El objetivo de este ensayo es exponer una serie de hallazgos asociados a la recaudación por concepto de uso de cuerpos receptores, la actividad económico-industrial y la capacidad instalada de tratamiento de aguas residuales, por región del país, con el fin de propiciar la reflexión y el diálogo con el lector, privilegiando la identificación de áreas de oportunidad para la vigilancia y control en materia de protección al ambiente; en específico, del ciclo del agua. Lo anterior, considerando la contribución de dicho ciclo hacia el logro de una biósfera ecológicamente sana, económicamente viable y socialmente justa, que si bien son fines que se ha propuesto la Economía Ecológica, están también en el horizonte de la Economía Ambiental.


MARCO TEÓRICO

Marco Institucional

De conformidad con la Ley de Aguas Nacionales (LAN), en México son los Organismos de Cuenca (OC) las unidades técnicas, administrativas y jurídicas en quienes recaen las atribuciones, funciones y actividades específicas en materia operativa, ejecutiva, administrativa y jurídica, relativas al ámbito federal en materia de aguas nacionales y su gestión.

Así, la circunscripción territorial de los OC -adscritos a la autoridad nacional en materia de agua, la CONAGUA- está delimitada por trece Regiones Hidrológico-Administrativas (RHA), que son:
I. Península de Baja California;
II. Noroeste;
III. Pacífico Norte;
IV. Balsas;
V. Pacífico Sur;
VI. Río Bravo;
VII. Cuencas Centrales del Norte;
VIII. Lerma Santiago Pacífico;
IX. Golfo Norte;
X. Golfo Centro;
XI. Frontera Sur;
XII. Península de Yucatán, y
XIII. Aguas del Valle de México

La LAN establece que la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante títulos de concesión o asignación otorgados por el Ejecutivo Federal a través de la CONAGUA por medio de los OC. De manera similar, para las descargas de aguas residuales, es necesario contar con un permiso de descarga expedido por la CONAGUA.

domingo, 22 de abril de 2012

Buenas tardes

Hola a todos, estoy de regreso.

¿Para continuar con lo hecho en Taller de Carpintería e Ideas? - No, exactamente.

Carpinteando en la Web pretendió ser un sacudidor de conciencias, empezando por las de los autores.

Pensar Azul es, pretendo que sea, un espacio para el diálogo. No le llamaría debate o discusión -Carpinteando, creo, sí fue diseñado con el fin de discutir-, sino mero diálogo.

Porque el diálogo implica ese carácter terso que abre la puerta a la evolución, al cambio, de los mismos dialogantes. El debate, me parece, no. El debate implica tolerancia: muchas de las veces termina siendo un diálogo de sordos (o dos monólogos a la vez, como sincronizados). Que se toleran, se aguantan entre sí. Aunque no se hagan "daño". Significando, al final, sólo el valor de exponer las propias ideas, sin que nada cambie de uno o del otro lado.

Y por eso el azul. Porque es infinito. Profundo. Claro, translúcido. Suave. Elegante. El color de los niños y del agua. El que no se esconde (ni esconde) ni se camuflajea.

El que refleja y se refleja (por cierto, sólo en colores claros, puros).

Y bueno, he decidido empezar con un tema ad hoc a esta introducción. Un tema totalmente asociado a la famosa transparencia. Sí, transparencia tal como es referida últimamente. Aquélla de la gestión o servicio público.

Un tema que he estado indagando desde hace ya algunos ayeres. Algo muy en específico del que he obtenido unos cuantos hallazgos que considero útiles para abrir el diálogo.

Sin más preámbulos, me despido por ahora, comunicándoles que en breve expondré -calculo que no me tome más de 4 posts- el tema que les comento.

Buenas tardes.